enero 2021
Hitos en el proceso de aprobación de la PAC 2021-2027
15 Enero 2021
El largo procedimiento legislativo y las numerosas propuestas sobre la Política Agrícola Común (PAC) después de 2020, han impedido concluir a tiempo que los 27 Estados miembros y la Comisión Europea preparasen todos los elementos necesarios para aplicar el nuevo marco jurídico de la PAC y los planes estratégicos a partir del día 1 de enero de 2021.
Por ello, y con el objetivo de suprimir la incertidumbre y mantener la vitalidad de las zonas rurales por una parte y, por otra, evitar interrupciones en los pagos por ayudas a agricultores/as y ganaderos/as, así como ofrecer la estabilidad necesaria en 2021 y 2022, el Parlamento y el Consejo Europeo han aprobado un Reglamento específico (número 2020/2220, de 23 de diciembre de 2020) en el que se establecen determinadas disposiciones transitorias durante los años 2021 y 2022 para las ayudas y distribución de los recursos del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
De esta forma, los agricultores y ganaderos continuarán percibiendo durante 2021 y 2022 las ayudas conforme a idénticos criterios que en el período 2014-2020, antes de la entrada en vigor del nuevo marco jurídico de la nueva PAC el 1 de enero de 2023. Al mismo tiempo, los Estados miembros dispondrán de tiempo suficiente para organizar y planificar sus planes estratégicos y crear las nuevas estructuras administrativas necesarias para la aplicación de la nueva PAC.
Grosso modo, los hitos en el proceso de aprobación de la PAC 2021-2027 han sido los siguientes:
Uno.- La Comisión Europea (CE) presentó una propuesta-borrador en la primavera de 2018.
Dos.- El Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea (UE) aprobó el día 21 de octubre de 2020 la nueva PAC que focalizará su atención en “lo verde” y menos a “lo productivo”.
Tres.- El Parlamento Europeo (PE) aprobó en sesión plenaria del 16.12.2020 su dictamen sobre la futura PAC, que entrará en vigor el 1 de enero de 2023 y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, así como el Reglamento por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2021-2027. El próximo presupuesto a largo plazo de 1,0743 billones de euros, abarcará siete ámbitos de gasto.
Cuatro.- Parlamento, Consejo y Comisión Europeos han logrado consensuar a tres bandas (los llamados trílogos) un acuerdo definitivo de la PAC que ha dulcificado algunas fricciones todavía existentes y que se han plasmado en un texto definitivo.
Cinco.- Cada uno de los 27 Estados miembros deberá adoptar los acuerdos precisos para la aplicación de las nuevas reglas de la PAC en sus respectivos países, junto con el Instrumento de Recuperación “Next Generation UE” que autoriza a la Comisión a contraer temporalmente empréstitos en los mercados de capitales por un valor máximo de 750.000 millones de euros. A partir de la aprobación y acuerdo en España entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y las Comunidades Autónomas (CC.AA), será cuando los ganaderos/as y agricultores/as conocerán el importe del dinero que podrán percibir como ayudas y, en su caso, si resultan perjudicados o beneficiados en relación con su situación actual. La mayoría de los programas de financiación sectoriales de la UE se adoptarán en el mes de enero de 2021 muy probablemente y se aplicarán, con efectos retroactivos, desde el día 1 de enero de 2021.
Durante el período transitorio 2021-2020, conviene tener en cuenta los extremos siguientes:
Se prorrogan hasta el 31.12.2022 todos los programas financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), sin perjuicio de presentar una solicitud de modificación de los programas de desarrollo rural para el período transitorio.
Durante los años 2021 y 2022 continuará aplicándose el Reglamento (UE) número 1303/2013 a los programas que reciban ayudas del FEADER.
El nuevo marco jurídico de la PAC está previsto que entré en vigor el día 1 de enero de 2023 (PAC 2020-2027), una vez que el prolijo y extenso proceso legislativo relativo a las propuestas de la Comisión sobre la PAC y sus planes estratégicos sean desarrollados por los Estados miembros.
Los derechos de pago a los agricultores que se encuentren atribuidos antes del 1 de enero de 2020 se considerarán legales y regulares a partir del 1 de enero de 2021. Su valor será el correspondiente al valor para el año natural 2020 válido al 31 de diciembre de 2020.
En materia de agro-ambiente y clima, y agricultura ecológica y bienestar de los animales, en los nuevos compromisos que deban asumir los Estados miembros a partir de 2021, fijarán un período más corto, de uno a tres años, en sus programas de desarrollo rural. Si los Estados miembros prevén una prórroga anual de los compromisos, una vez finalizado el período inicial, a partir de 2022 la prórroga no excederá de un año.
Madrid, 15 de enero de 2021
J. Alfredo Gómez Pascual